24 Ago, 2012

Sí, quiero

Aunque todas las encuestas, estudios y análisis realizados aseguran que el número de matrimonios por la iglesia ha sufrido un considerable desplome en beneficio de los enlaces civiles, todavía hay parejas que se deciden en pasar por la Vicaría.
Sin embargo, aunque parezca que es fácil, los papeleos también llegan a la iglesia. Quizás las parejas que deciden contraer matrimonio eclesiástico no sepan que tienen que realizar algunos trámites burocráticos para que se les permita ir al altar.
Os vamos a dar unas cuantas pautas para que si os decidís por esta opción, vayáis haciéndoos a la idea:
Necesitáis lo que se llama Expediente Matrimonial para lo que debéis recopilar los siguientes documentos:
Partida de nacimiento: Quizás ésta sea la más fácil, solo tenéis que ir a Registro Civil, bien en persona o por Internet. Normalmente, tardan unos cinco días en dároslo.
Partida de bautismo: Si alguno de los dos, no pertenece a la parroquia donde os casáis, ésta debe estar legalizada por el Obispado correspondiente. Tened en cuenta que caduca a los seis meses y que no sirve ni copia ni fax. Debéis pedirlos unos seis meses antes de la fecha prevista para el enlace, en la parroquia donde habéis sido bautizados.
El documento nacional de identidad (DNI) de los dos contrayentes, pasaporte o tarjeta de residencia.
El informe de que habéis realizado el cursillo prematrimonial.
En el caso de que uno de los dos miembros de la pareja sea extranjera, necesitaréis, además de todo lo anterior, un certificado de capacidad matrimonial, también llamado certificad de estado civil o fe de soltería, y de no publicación de edictos. Deberán estar en español y legitimados por La Haya. Y deben realizarse a través de las embajadas o consulados.
Unos meses antes de la fecha elegida, debéis presentaros en la iglesia con dos testigos, uno por parte de cada uno, que no sean familiares de ninguno de vosotros. Provistos de sus respectivos DNI, deberán jurar y firmar un documento donde atestigüen que os casáis libremente y por amor.
Una vez recopilados todos estos documentos, el Expediente Matrimonial está preparado para llevarlo al Obispado que se encargará de remitirlo a la iglesia donde vais a contraer matrimonio.
Como todos los trámites, éstos son lentos y pesados; sobre todo si uno de vosotros es extranjero, así que no desesperéis, empezad con tiempo y paciencia. Ánimo.
Ah, se nos olvidaba lo más importante. Una vez hayáis contraído matrimonio y tengáis el acta matrimonial, debéis entregarla en el plazo de cinco días hábiles, en el Registro Civil.

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